Prescripción de la acción judicial por accidente de bicicleta
A Prescripción es el plazo de que dispone una persona lesionada para presentar una demanda por lesiones personales ante un tribunal contra los demandados culpables (responsables). Cada jurisdicción o estado tiene una ley de prescripción diferente. El estatuto que se utilizará está determinado por la jurisdicción donde se produjo el accidente o lesión.
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El plazo de prescripción para presentar una demanda por lesiones personales en los 50 estados y jurisdicciones.
- 2 Años en Alabama: Ley de prescripción de reclamaciones por lesiones personales - Ala. Code § 6-2-2 et seq.
- 2 años en Alaska: Prescripción de la acción judicial por daños personales - Alaska Stat. § 09.10.010 et seq.
- 2 años en Arizona: Prescripción de la acción por lesiones - Ariz. Rev. Stat. Ann. § 12-541 et seq.
- 3 años en Arkansas: Estatuto Civil de Limitaciones para Daños Personales - Ark. Código Ann. § 16-56-101 y ss.
- 2 años en California: Prescripción por daños personales - Cal. Civ. Proc. Code § 312 et seq.
- 2 años Colorado: Demandas civiles por daños personales - Colo. Rev. Stat. § 13-80-102 y ss.
- 2 años Connecticut: Lesiones personales Estatuto de limitaciones - Conn. Gen. Stat. Ann. § 52-575 y ss.
- 2 años Delaware: Demandas por lesiones personales - Del. Code Ann. tit. 10, § 8101 et seq.
- 3 años Distrito de Columbia: Ley de prescripción - D.C. Code § 12-301 et seq.
- 4 años en Florida: Estatuto de Limitaciones Lesiones Personales - Fla. Stat. Ann. § 95.011 et seq.
- 2 años en Georgia: Estatuto de Limitaciones Lesiones Personales - Ga. Código Ann. § 9-3-20 y ss.
- 2 años en Hawaii: Prescripción civil por daños personales - Haw. Rev. Stat. § 657-1 et seq.
- 2 años en Idaho: Ley de prescripción de daños corporales - Código de Idaho § 5-201 y siguientes.
- 2 años en Illinois: Estatutos de lesiones personales - 735 Ill. Comp. Stat. 5/13-201 et seq.
- 2 años en Indiana: Estatutos Civiles sobre Daños Personales - Ind. Code Ann. § 34-11-2-1 y ss.
- 2 años en Iowa: Estatutos civiles sobre lesiones personales - Iowa Code Ann. § 614.1 y ss.
- 2 años en Kansas: Limitaciones para presentar una demanda por lesiones personales - Kan. Stat. Ann. § 60-501 y ss.
- 1 año en Kentucky: Estatuto de limitaciones - Ky. Rev. Stat. Ann. § 413.080 et seq.
- 1 año Luisiana: Prescripción de la acción por daños corporales - La. civil code § 3492 et seq.
- 6 años en Maine: Demandas por lesiones personales - Me. Rev. Stat. Ann. tit. 14, § 751 et seq.
- 3 años en Maryland: Estatuto de limitaciones por lesiones personales - Md. Courts & Jud. Proc. Code Ann. § 5-101 et seq.
- 3 años en Massachusetts: Estatuto de limitaciones para lesiones personales - Mass. Ann. Laws ch. 260, § 1 et seq.
- 3 años en Michigan: Reclamaciones por lesiones personales - Mich. Comp. Laws § 600.5801 et seq.
- 2 años en Minnesota: Prescripción -Minn. Stat. Ann. § 541.01 y ss.
- 3 años en Mississippi: Estatuto de limitaciones - Miss. Code. Ann. § 15-1-1 y ss.
- 5 años en Missouri: Statute of Limitations Personal Injury - Mo. Rev. Stat. § 516.097 y ss.
- 3 años en Montana: Prescripción civil por daños corporales - Mont. Código Ann. § 27-2-2021 y ss.
- 4 años en Nebraska: Civil Personal Injury Statute of Limitations - Neb. Rev. Stat. § 25-201 et seq.
- 2 años en Nevada: Civil Personal Injury Statute of Limitations - Nev. Rev. Stat. Ann. § 11.010 et seq.
- 3 años en New Hampshire: Prescripción por daños personales - N.H. Rev. Stat. Ann. § 508:1 y ss.
- 2 años en Nueva Jersey: Ley de prescripción civil de daños corporales - N.J. Stat. Ann. § 2a:14-1 et seq.
- 3 años en Nuevo México: Estatuto de Limitaciones Civil de Lesiones Personales - N.M. Stat. Ann. § 37-1-1 et seq.
- 3 años en Nueva York: Estatutos de Lesiones Personales - N.Y. Civ. Prac. Laws & Rules § 201 et seq.
- 3 años en Carolina del Norte: Estatuto de Limitaciones para Demandas por Lesiones Personales - N.C. Gen. Stat. § 1-46 et seq.
- 6 años en Dakota del Norte: Leyes civiles sobre prescripción - N.D. Cent. Code § 28-01-01 et seq.
- 2 años en Ohio: Leyes de lesiones personales - Ohio Rev. Code Ann. § 2305.03 y ss.
- 2 años en Oklahoma: Estatutos de Reclamación por Lesiones Personales- Okla. Stat. Ann. tit. 12, § 91 et seq.
- 2 años en Oregón: Estatutos de reclamación por lesiones personales - Or. Rev. Stat. § 12.010 y ss.
- 2 años en Pensilvania: Estatutos civiles en materia de prescripción - 42 Pa. Cons. Stat. Ann. § 5501 et seq.
- 3 años en Rhode Island: Statute of Limitations Civil Personal Injury - R. I. Gen. Laws § 9-1-12 et seq.
- 3 años en Carolina del Sur: Ley de prescripción civil -S.C. Code Ann. § 15-3-510 y siguientes
- 3 años en Dakota del Sur: Leyes civiles relativas a la prescripción - S.D. Codified Laws Ann. § 15-2-1 et seq.
- 1 años Tennessee: Prescripción civil por daños personales - Tenn. Código Ann. § 28-3-101 y ss.
- 2 años en Texas: Prescripción Civil por Daños Corporales - Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 16.001 et seq
- 4 años en Utah: Ley de prescripción civil por daños personales - Utah Code Ann. § 78-12-22 y ss.
- 4 años en Vermont: Ley de Lesiones Personales para el Estatuto de Limitaciones - Vt. Stat. Ann. tit. 12, § 461 et seq.
- 2 años Virginia: Reclamación por lesiones personales - Va. Código Ann. § 8.01-228 y ss.
- 3 años en Washington: Estatuto de Limitaciones Civil de Lesiones Personales - Wash. Rev. Code Ann. § 4.16.005 y ss.
- 2 años en Virginia Occidental: Prescripción por lesiones a las personas - W. Va. Code § 55-2-1 et seq.
- 3 años en Wisconsin: Estatuto de limitaciones para las reclamaciones por lesiones personales - Wis. Stat. Ann. § 893.01 et seq.
- 4 años en Wyoming: Estatuto de Limitaciones Lesiones Personales -Wyo. Stat. § 1-3-102 et seq.
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