¿Puede un padre demandar por la muerte de un hijo? – Leyes de muerte por negligencia en California
La muerte de un hijo debido a los actos negligentes o intencionales de otros es algo que ninguna madre o padre desea experimentar en su vida. Las esperanzas y los sueños que los padres tienen para sus hijos pueden verse frustrados en un instante como resultado de un accidente automovilístico, un acto violento o una mala praxis médica. El estado de California reconoce el derecho de los padres en duelo a presentar una causa de acción por muerte por negligencia contra las personas que causaron la muerte de su hijo. A continuación, se incluye información importante sobre las demandas por muerte por negligencia en el estado de California. Si tiene más preguntas legales después de leer este artículo, no dude en comunicarse con nosotros comunicándose con nuestro bufete de abogados en (855) 339-8879.
Legitimación de los padres para demandar por la muerte de su hijo:
Una causa de acción por muerte por negligencia es válida cuando una persona muere debido a la culpa legalmente establecida de otra persona. En general, el sistema de derecho consuetudinario no permitía una demanda por muerte por negligencia, ya que solo la parte lesionada puede presentar una demanda por agravio (causa de acción por lesiones personales), y en estos casos, la persona ya no puede hacerlo porque ha fallecido. Durante el siglo pasado, varias jurisdicciones de los Estados Unidos, incluida California, han promulgado estatutos de ley de muerte por negligencia, lo que permite a ciertas personas el derecho a presentar una demanda en un tribunal civil por la muerte de un familiar. Antes de la reforma de 1992 de la ley de California, muerte por negligencia En la ley, los tribunales dieron legitimación a las personas que tendrían derecho a heredar los bienes del difunto por sucesión intestada. La modificación de 1992 dio legitimación al cónyuge supérstite del difunto, a los hijos y a la descendencia de los hijos fallecidos o, si no hubiera ninguno, a quienes heredarían por sucesión intestada, lo que incluiría al padre del difunto. El lenguaje de la revisión de 1992 significa que los padres pueden presentar una demanda por homicidio culposo por la muerte de un hijo.
¿Puede un padre demandar si su hijo está casado y tiene un cónyuge sobreviviente?
Un problema importante que surgió debido a la revisión de 1992 de la ley de muerte por negligencia se refiere a la presentación de demandas por muerte por negligencia por parte de los padres de niños que estaban casados o tenían una pareja de hecho. En algunos casos, los demandados han argumentado que la disposición significa que si hay un cónyuge o pareja de hecho sobreviviente, entonces nadie más, incluidos los padres del fallecido, tiene derecho a presentar una demanda por muerte por negligencia ante un tribunal de justicia. Sin embargo, la mayoría de las opiniones judiciales han hecho caso omiso de los argumentos de los demandados en ese sentido. De hecho, los padres de niños fallecidos que están casados pero no tienen hijos propios tienen legitimidad para presentar una demanda por muerte por negligencia ante un tribunal de justicia. Más información: Leyes de California sobre homicidio culposo Código Civil de California 377.60-377.62
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